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Red de acciones urgentes

Segunda AU: 30/26: 30/26 | Índice: AFR 12/1187/2026 | Fecha: | Angola

Acción Urgente

Angola: Deben anularse las sentencias condenatorias contra personas de una comunidad

El pasado 6 de mayo, el Tribunal de Lubango (provincia angoleña de Huíla), declaró culpables a cinco integrantes de la comunidad Vikolôngwa Mbútwa, a quienes condenó a penas de más de tres años de prisión, por cargos derivados de la violenta intervención policial que tuvo lugar durante una disputa de tierras, el 23 de noviembre de 2024. La sentencia fue dictada en ausencia de las personas acusadas y de sus representantes legales, a quienes se notificó la vista con sólo dos días de antelación, a pesar de que la ley estipula un periodo de 15 días. El 26 de mayo, la defensa interpuso un recurso de apelación. Las cinco personas continúan en libertad en espera de su resolución. Las autoridades angoleñas deben garantizar la anulación en apelación de las sentencias condenatorias —que no están respaldadas por pruebas creíbles y obtenidas por medios legales—, que se respeten íntegramente todas las garantías de justicia procesal durante el proceso de apelación y que se investigue sin demora la disputa de tierras en torno a la cual giran todos los hechos.

Actúa: redacta tu propio llamamiento o utiliza esta carta modelo

Fiscal General de la República

Procurador Geral da República
Pedro Mendes de Carvalho
Rua 17 de Setembro

Cidade Alta, Luanda, Angola

 Correo-e: procuradoriageraldarepublica@pgr.ao

   Señor Fiscal General:

 

Me dirijo a usted para expresarle mi profunda preocupación por siete integrantes de la comunidad Vikolôngwa Mbútwa de la provincia angoleña de Huíla: Eduardo Bambi Lissimo Quessongo, Kapamba Tchahima Kapamba, Sapalo António Randy, Paulo Mbuta Capaia, Muetuiapula Francisco, Francisca Tuahuma y Cecília Dumbo.

Estas siete personas fueron detenidas el 23 de noviembre de 2024, tras la violenta intervención policial que tuvo lugar durante una disputa de tierras, y fueron juzgadas por el Tribunal de Lubango por diversos cargos. El pasado 26 de mayo, el tribunal dictó sentencia en ausencia de las personas acusadas y de sus representantes legales, a quienes se notificó la vista con sólo dos días de antelación, a pesar de que la ley estipula un periodo de 15 días. El tribunal las absolvió a todas ellas del cargo de asociación para delinquir, absolvió de todos los cargosa Kapamba Tchahima Kapamba por falta de pruebas y suspendió las actuaciones contra Muetuiapula Francisco. Sin embargo, condenó a las cinco personas restantes al cumplimiento de diversas penas de prisión: a Eduardo Bambi Lissimo Quessongo, a tres años y nueve meses; a Sapalo António Randy y Paulo Mbuta Capaia, a tres años y seis meses cada uno; y a Francisca Tuahuma y Cecília Dumbo, a tres años y tres meses cada una.

La imparcialidad de la sentencia ha suscitado graves motivos de preocupación. Las declaraciones de culpabilidad se basan en hechos establecidos contra todas las personas acusadas en conjunto, sin que se haya determinado la conducta de cada una de ellas en relación con cada cargo, con lo que se ha violado el principio de responsabilidad penal individual, consagrado en el artículo 65 de la Constitución angoleña y en el artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en el que Angola es Estado Parte. Cuatro de estas cinco personas fueron declaradas culpables de daños a bienes públicos y de resistencia con agravantes en relación con hechos que —según las conclusiones de la propia sentencia— ocurrieron cuando se encontraban ya bajo custodia policial. Entretanto, se confirmó la declaración de culpabilidad por daños a bienes públicos, de conformidad con la ley núm. 13/24, de 29 de agosto de 2024 (Ley de Delitos de Vandalismo contra Bienes y Servicios Públicos). Dicha ley ha sido objeto de enérgicas críticas por su potencial para criminalizar la protesta pacífica.

El pasado 26 de mayo, la defensa de las personas de la comunidad acusadas presentó un recurso de apelación ante el Tribunal de Apelaciones de Lubango. Las cinco permanecen en libertad en espera de su resolución.

Lo insto a garantizar la anulación de las sentencias condenatorias contra estas cinco personas de la comunidad Vikolôngwa Mbútwa, que no están respaldadas por pruebas creíbles y obtenidas por medios legales, y que se respeten íntegramente los derechos de la defensa y las garantías de justicia procesal durante todo el proceso de apelación, incluido el derecho de las personas acusadas y sus representantes legales a recibir la debida notificación sobre la celebración de todas las vistas y a estar presentes en ellas.

Atentamente,

(NOMBRE)

Envía copia a la representación diplomática de Angola acreditada en tu país

C/ Lagasca 88-4ºC 28001 - MADRID
Teléfono: 91 782 49 60 Fax: 91 782 49 72
E-mail: madrid@mne.pt

Información adicional

Vikolôngwa Mbútwa es una comunidad rural próxima a Chibia, en la provincia meridional angoleña de Huíla, cuyos miembros dependen de la agricultura y la ganadería como medio de subsistencia. La comunidad considera que las tierras en disputa son tierras comunitarias ancestrales y que el conflicto comenzó cuando un terrateniente local empezó a realizar labores de excavación en torno a la zona. Estas excavaciones dieron lugar a una zanja de unos tres metros de ancho y de profundidad en torno a las tierras en conflicto, que creó riesgos para la seguridad de residentes y animales, y limitó el acceso a pastos y campos fértiles destinados a cultivo. La comunidad denuncia que desde entonces no puede sacar a pastar a sus animales ni acceder a tierras que antes cultivaba, lo que la obliga a cultivar únicamente en los metros que hay alrededor de sus casas. 

Este caso refleja motivos de preocupación más amplios documentados por Amnistía Internacional en su informe de 2021 The End of Cattle's Paradise, en el que la organización concluía que la situación de vulnerabilidad de las comunidades de las provincias de Huíla y Cunene se había visto agravada por el desvío de pastos comunales para fines comerciales, lo que socavaba la resiliencia económica y social de las comunidades ganaderas y agudizaba su inseguridad alimentaria.

La sentencia dictada el pasado 6 de mayo por el Tribunal de Lubango imponía también a cada una de las cinco personas de la comunidad el pago de 5.0000 kwanzas (unos 55 dólares estadounidenses) en concepto de costas judiciales, y ordenaba a Eduardo Bambi Lissimo Quessongo indemnizar con 250.000 kwanzas (unos 270 dólares estadounidenses) y 350.000 kwanzas (unos 380 dólares estadounidenses) a dos agentes de policía que, al parecer, sufrieron lesiones.

Asimismo, el tribunal desestimó la denuncia de Sapalo António Randy de que había recibido un disparo en el abdomen, alegando que no había recibido tratamiento hospitalario durante su detención —tratamiento que el propio Estado tenía la obligación de proporcionar— y tampoco se investigaron las denuncias de las siete personas de la comunidad sobre torturas y otros malos tratos o uso innecesario y excesivo de la fuerza, pese a los motivos de preocupación que varios procedimientos especiales de la ONU plantearon al gobierno de Angola el 25 de febrero de 2025. Más de un año y medio después de su detención, ninguna de estas siete personas ha recibido atención médica a pesar de los persistentes dolores que afirman sufrir.

Puedes escribir los llamamientos en: Portugués

También puedes escribir en tu propio idioma.

Envía los llamamientos lo antes posible y no más tarde del 2 de enero de 2027

Consulta con la oficina de Amnistía Internacional de tu país si deseas enviar llamamientos después de la fecha indicada.

Nombre y género gramatical: Eduardo Bambi Lissimo Quessongo (masculino), Kapamba Tchahima Kapamba (masculino), Sapalo António Randy (masculino), Paulo Mbuta Capaia (masculino), Muetuiapula Francisco (masculino), Francisca Tuahuma(femenino), Cecília Dumbo (femenino)