Tercera AU 27/25: 27/25 | Índice: MDE 23/0102/2025 | Fecha: | Arabia Saudí
Acción UrgenteArabia Saudí: Ciudadano británico, condenado a 8 años de prisión
El 12 de mayo de 2025, el Tribunal Penal Especializado, tribunal de Arabia Saudí competente en asuntos de terrorismo, condenó al ciudadano británico Ahmed al Doush a 10 años de prisión. El 23 de junio de 2025, la condena se redujo a ocho años en apelación. Las autoridades saudíes detuvieron a Ahmed al Doush, analista empresarial para el Banco de América, el 31 de agosto de 2024 en el aeropuerto internacional Rey Jalid de Riad de Riad cuando se disponía a regresar a Reino Unido, donde reside, tras visitar Arabia Saudí con su esposa, hijos e hija. En sus prolongados interrogatorios, las preguntas giraron en torno a publicaciones que habían aparecido en el pasado en las redes sociales y a su presunta relación con un crítico saudí en el exilio, con el que no tenía vinculación, aparte de conocer a su hijo. Ha sufrido múltiples violaciones de su derecho a un juicio con las debidas garantías.
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Ministro de Justicia
Walid bin Muhammad al Samaani
Minister of Justice
Riyadh, Arabia Saudí
Postal Code 11472, P.O. Box 7775
Correo-e: 1950@moj.gov.sa
Señor Ministro:
Me preocupa profundamente la condena a ocho años de prisión dictada por el Tribunal Penal Especializado contra el ciudadano británico Ahmed al Doush, que ha sido objeto de múltiples violaciones de su derecho a un juicio con las debidas garantías. En la actualidad se encuentra en la prisión Al Hair de la capital saudí, Riad. Ahmed al Doush fue detenido el 31 de agosto de 2024 en el aeropuerto internacional Rey Jalid de Riad cuando regresaba a Reino Unido con su esposa, sus dos hijas y su hijo, tras haber visitado Arabia Saudí.
Sólo se le permite una comunicación restringida con su familia. En abril dijo a su esposa que las autoridades penitenciarias le habían ordenado que sólo se comunicara con ella y sus hijas e hijo durante las llamadas, y que si hablaba de sus condiciones de reclusión, su salud o los procedimientos judiciales o los cargos en su contra, la llamada se interrumpiría y se le impondría un castigo.
Las autoridades saudíes no han compartido la documentación judicial —incluidos los cargos y la base de la sentencia condenatoria— con su familia ni con funcionarios consulares. Durante su primera comparecencia ante un juez, la semana del pasado 27 de enero —es decir, cinco meses después de su detención— se comunicó a Ahmed al Doush que se iban a presentar cargos en su contra por empleo de las redes sociales para difundir notificas falsas, inciertas y perjudiciales para el reino de Arabia Saudí y que, asimismo, estaba acusado de tener relación con una persona que había amenazado la seguridad nacional del reino. Sobre la base de las preguntas formuladas por las autoridades saudíes durante los prolongados interrogatorios, su familia cree que estas acusaciones pueden estar relacionadas con su antigua actividad en las redes sociales y con la presunta vinculación con un crítico saudí en el exilio con el que Ahmed al Doush no tiene relación, aparte de conocer a su hijo.
Amnistía Internacional ha documentado la creciente represión ejercida por las autoridades saudíes sobre la libertad de expresión, contra personas de ciudadanía tanto saudí como extranjera, muchas de las cuales han sido condenadas a largas penas de prisión exclusivamente por ejercer de forma pacífica su derecho a la libertad de expresión.
Las autoridades saudíes deben poner a Ahmed al Doush en libertad inmediata e incondicional si se encuentra recluido exclusivamente por ejercer sus derechos humanos. Hasta ese momento, deben impedir nuevas violaciones de sus derechos procesales y garantizar que Ahmed al Doush tenga acceso sin trabas a su familia y a representación legal.
Atentamente,
(NOMBRE)
Envía copia a la representación diplomática de Arabia Saudí acreditada en tu país
C/ Doctor Alvarez Sierra, 3 28033 - MADRID
Tel: 91 383 43 00 y 91 383 22 29 - Fax: 91 302 12 12
E-mail: esemb@mofa.gov.sa
Información adicional
Ahmed al Doush comparecido en múltiples audiencias judiciales. En su primera audiencia judicial, celebrada el 27 de enero de 2025, le asignaron un abogado de oficio, pero no tiene permitido comunicarse con él sin obstrucciones. Como consecuencia de las restricciones impuestas por las autoridades penitenciarias con respecto a lo que puede compartir con su esposa durante las conversaciones telefónicas que mantiene con ella, y que le comunicó a ella en abril de 2025, su esposa no ha recibido información detallada sobre sus procedimientos judiciales, incluidos detalles relativos a la base de la sentencia condenatoria, los cargos o las pruebas en su contra, ni información actualizada sobre las condiciones de reclusión o su salud.
El Tribunal Penal Especializado condenó a Ahmed al Doush a 10 años de prisión el 12 de mayo de 2025. La condena se redujo a ocho años de prisión en una audiencia de apelación el 23 de junio de 2025. Ahmed al Doush fue citado sin previo aviso a la audiencia de apelación, en la que estuvieron presentes el juez y su abogado en Arabia Saudí. El juez le informó de que se había confirmado su sentencia condenatoria y que la condena se reducía de 10 a ocho años. El gobierno de Reino Unido, la familia de Ahmed al Doush y su abogado en Reino Unido no han recibido información sobre los cargos ni sobre la base de la sentencia condenatoria.
Los cargos formulados contra Ahmed al Doush parecen estar relacionados con la libertad de expresión. Antes de informar a Ahmed al Doush sobre los cargos que pesaban en su contra, lo sometieron a prolongados interrogatorios sin que estuviera presente ningún abogado. Según dijo a su familia, durante los interrogatorios le comunicaron que, de no ser por su actividad en las redes sociales, en ese momento estaría en su domicilio con su familia. Es de resaltar que su cuenta en X sólo tiene 37 seguidores y un total de cuatro publicaciones. En su primera comparecencia, un juez le comunicó que se iban a presentar cargos por empleo de las redes sociales para difundir notificas falsas, inciertas y perjudiciales para el reino de Arabia Saudí y que, asimismo, estaba acusado de tener relación con una persona que había amenazado la seguridad nacional del reino.
El Tribunal Penal Especializado recurre sistemáticamente a disposiciones imprecisas de la legislación antiterrorista y sobre delitos informáticos que equiparan la expresión pacífica con el “terrorismo”. Amnistía Internacional ha documentado cómo todas las etapas del proceso judicial del Tribunal Penal Especializado están empañadas por violaciones de derechos humanos.
La familia de Ahmed al Doush no pudo comunicarse con él durante dos meses y medio, tras su detención, el 31 de agosto de 2024. Tampoco se la informó de su situación ni de las razones de su detención. Así, se mantuvo a su esposa, a sus dos hijas y a su hijo en la más completa ignorancia con respecto a su bienestar, a sus condiciones de reclusión y al momento en que, en su caso, le permitirían volver a su hogar. Además, durante todo ese tiempo, se le negó acceso consular a las autoridades británicas, obstaculizando gravemente la capacidad tanto del gobierno británico como de la familia de Ahmed al Doush de recabar información sobre él, su detención y los pasos que había que dar para facilitar su liberación. Tampoco le permitieron llamar a su esposa hasta el 17 de noviembre de 2024. A partir de ese momento, le permitieron hablar por teléfono con su familia todas las semanas, pero en enero se interrumpieron las llamadas, que ahora han pasado a ser esporádicas. Más tarde, Ahmed al Doush explicó a su familia que las autoridades habían restringido su comunicación con ella en represalia por haber preguntado a su esposa, durante una llamada telefónica, por personas que habían sido liberadas recientemente en Arabia Saudí.
Desde su detención, se han autorizado múltiples visitas consulares de la embajada británica de Riad a Ahmed al Doush, la primera de ellas el pasado 21 de noviembre, casi tres meses después de su detención. Antes de la visita, el gobierno británico no facilitó a la familia ninguna información sobre su detención, su situación o su bienestar, alegando motivos relacionados con la protección de datos.
Desde 2013, Amnistía Internacional ha documentado 86 casos de personas enjuiciadas únicamente por haber ejercido sus derechos a la libertad de expresión, de asociación y de reunión pacífica. De estas personas, 40 fueron procesadas por el ejercicio legítimo de su derecho a la libertad de expresión en las redes sociales. La organización sabe que el número real de casos probablemente sea muy superior. Los procedimientos judiciales en estos casos distan de cumplir las normas internacionales sobre juicios justos. Estas personas a menudo son recluidas en régimen de incomunicación sin cargos, o en régimen de aislamiento, y sin acceso a representación letrada ni a los tribunales para impugnar la legalidad de su detención.
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