Tercera AU: 41/25: 41/25 | Índice: AFR 31/0212/2025 | Fecha: | Costa de Marfil
Acción UrgenteCOSTA DE MARFIL: CONFIRMADA LA SENTENCIA CONDENATORIA Y LA PENA IMPUESTA A UN SINDICALISTA
El 16 de julio, el Tribunal de Apelación de Abiyán confirmó la sentencia condenatoria y la pena de dos años de prisión impuesta al sindicalista Ghislain Duggary Assy, quien en abril de 2025 había sido declarado culpable de “obstrucción del funcionamiento de los servicios públicos” en relación con una convocatoria de huelga a la que se sumó a través de una coalición de sindicatos de docentes. No se dictó orden de ingreso en prisión, por lo que Ghislain Duggary Assy sigue en libertad, pero Amnistía Internacional sigue instando a las autoridades de Costa de Marfil a que anulen la sentencia condenatoria de Ghislain Duggary Assy y pongan fin a su procesamiento.
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Ministro de Justicia y Derechos Humanos
Mr Jean Sansan Kambilé
Ministre de la Justice et des Droits de l´Homme
Ministère de la Justice et des Droits de l’Homme
Plateau immeuble Symphonie, cité administrative
Tour B 16e et 17e étage
BP V 107 Abidjan
Costa de Marfil
Correo-e: minjusticedroitdelhomme@gmail.com
X: @minjustice_dh
Señor Ministro:
Le escribo para expresarle mi profunda preocupación por el sindicalista Ghislain Duggary Assy, procesado ilícitamente en relación con su activismo pacífico.
Tras un proceso de apelación iniciado por su asistencia letrada, el Tribunal de Apelación de Abiyán confirmó el 16 de julio la sentencia condenatoria y la pena de dos años de prisión impuestas a Ghislain Duggary Assy. Su asistencia letrada ha recurrido la decisión ante el Tribunal de Casación.
El 8 de abril, el Tribunal de Primera Instancia condenó a Ghislain Duggary Assy por organizar la acción colectiva del funcionariado público al margen del marco jurídico establecido y por “obstrucción del funcionamiento de los servicios públicos”, en relación con su participación en una convocatoria de huelga iniciada por una coalición de sindicatos de docentes, que reclamaba, entre otras cosas, la mejora de las bonificaciones trimestrales. El 8 de abril fue condenado a dos años de prisión. El 7 de mayo quedó en libertad provisional con varias condiciones, entre ellas la prohibición de abandonar el país. Dado que, tras la decisión del Tribunal de Apelación del 16 de julio, no se dictó ninguna orden de ingreso en prisión, Ghislain sigue en libertad, si bien no debería haber sido condenado.
Por tanto, lo insto a que anule la sentencia condenatoria de Ghislain Duggary Assy, procesado únicamente por ejercer sus derechos a la libertad de expresión, de reunión pacífica y de asociación. Lo insto, además, a que respete y proteja el derecho a la huelga en Costa de Marfil.
Atentamente,
(NOMBRE)
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C/ Serrano, 154 28006 - MADRID
Teléfono: 91 562 69 16 .-. Fax: 91 562 21 93
E-mail: Info@espagne.diplomatie.gouv.ci
Información adicional
Ghislain Duggary Assy fue detenido durante la noche del 3 de abril por hombres encapuchados en su domicilio. La detención ocurrió después de que una coalición de sindicatos docentes convocara una huelga para los días 3 y 4 de abril, en la cual se exigía, entre otras demandas, la mejora de las bonificaciones trimestrales. Según los sindicatos, que habían protestado con anterioridad en octubre de 2024, en las negociaciones con las autoridades no se habían abordado sus motivos de preocupación. El gobierno de Costa de Marfil se comprometió a establecer un comité para abordar las quejas. Sin embargo, miembros de los sindicatos han indicado que no se ha convocado este comité desde su formación.
En una declaración emitida el 5 de abril, el Ministerio de Administración Pública calificó la huelga de ilegal y amenazó con castigar al profesorado que la secundara. El 8 de abril, fueron detenidos una decena de miembros de la junta directiva intersindical en huelga y puestos en libertad unas horas después.
La sentencia condenatoria de Ghislain Duggary Assy y una decena de detenciones practicadas tras la notificación de la huelga al ministro de Educación el 21 de marzo de 2025 constituyen una violación flagrante de los derechos humanos de las personas trabajadoras, y concretamente, de los relativos a la libertad de expresión, huelga y asociación que garantizan la Constitución de Costa de Marfil y los tratados de derechos humanos y laborales como la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en los que Costa de Marfil es Estado Parte.
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