Primera AU 90/25: 90/25 | Índice: AFR 55/0294/2025 | Fecha: | Suazilandia
Acción UrgenteEsuatini: Se niega acceso a asistencia letrada a cinco hombres deportados que están detenidos
El 16 de julio, Roberto Mosquera Del Peral, Kassim Saleh Wasil, Dung Tien Nguyen, Phone Chomsavanh y Orville Etoria fueron deportados desde Estados Unidos a Esuatini en el marco de la campaña de deportación masiva del gobierno estadounidense, y según los informes se encuentran recluidos en el Complejo Penitenciario de Matsapha (Esuatini). A pesar de que sus abogados han intentado reiteradamente conseguir acceso confidencial, en persona y no supervisado a sus clientes, las autoridades han obstaculizado las visitas y después han propuesto que el contacto sea supervisado y únicamente por vídeo, lo que supone un incumplimiento de las normas internacionales. Las autoridades de Esuatini deben revelar oficialmente el paradero de los cinco hombres, permitirles de inmediato acceder de forma periódica y confidencial a sus abogados e indicar el fundamento jurídico de su detención.
Actúa: redacta tu propio llamamiento o utiliza esta carta modelo
Ministro de Justicia y Asuntos Constitucionales
Minister of Justice & Constitutional Affairs
Honourable HRH Prince Simelane
Ministry of Justice Building, 5th Floor,
Mhlambanyatsi/Usuthu Link Rd, Mbabane
P.O. Box 924,Mbabane, Esuatini
Correo-e: simelanedlamini4@gmail.com
nsibandegugu@yahoo.com;
Señor Ministro:
Le escribo para expresarle mi preocupación por cinco hombres: Roberto Mosquera Del Peral, Kassim Saleh Wasil, Dung Tien Nguyen, Phone Chomsavanh y Orville Etoria, que el 16 de julio fueron deportados de Estados Unidos a Esuatini en el marco de la campaña de deportación masiva del gobierno estadounidense, y ahora están detenidos arbitrariamente.
Roberto Mosquera Del Peral (originario de Cuba), Kassim Saleh Wasil (de Yemen), Dung Tien Nguyen (de Vietnam), Phone Chomsavanh (de Laos), y Orville Etoria (de Jamaica) están, según informes, recluidos en el Complejo Penitenciarios de Matsapha (Esuatini), pero las autoridades no han confirmado oficialmente su ubicación exacta. Tampoco han indicado el fundamento jurídico ni aclarado las circunstancias de su detención.
Además, los numerosos intentos y peticiones de sus abogados para acceder a ellos han sido denegados y los hombres ya llevan recluidos dos meses. Esto constituye una violación del derecho internacional y del derecho constitucional de Esuatini, y podría propiciar que sufran tortura y otros malos tratos, lo cual aumenta la preocupación por su salud y su bienestar.
Le insto respetuosamente a que su departamento:
Aclare por escrito el fundamento jurídico de las detenciones y presente a los cinco hombres detenidos sin demora ante un tribunal competente o los ponga en libertad si no existe fundamento alguno. Además, garantice un acceso regular y no supervisado a sus abogados y programe su primera visita de inmediato, sin que en ella haya control de audio ni vídeo ni presencia de personal. Por último, respete el principio de no devolución (non-refoulement) garantizando que no son llevados a ningún país en el que corran peligro real de sufrir violaciones de derechos humanos.
Atentamente,
[NOMBRE]
Envía copia a la representación diplomática de Suazilandia acreditada en tu país
20 Buckingham Gate, Londres SWIE 6LB LONDRES
Teléfono: 44 207 630 66 11 Fax: 44 207 630 65 64
E-mail: eswatinilondonhc@gmail.com
Información adicional
El presidente estadounidense presentó este año una campaña de deportación masiva que afecta a millones de inmigrantes y de personas llegadas a Estados Unidos en busca de seguridad. En virtud del derecho internacional, el gobierno estadounidense está obligado a garantizar que sus políticas de inmigración no implican o incrementan el riesgo de que se cometan violaciones de derechos humanos. Si bien Estados Unidos tiene autoridad para regular la inmigración, debe hacerlo dentro del marco de sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos.
A pesar de los numerosos intentos de los abogados de los cinco hombres, las autoridades les han negado reiteradamente el acceso a sus clientes. El 25 de julio se les denegó y se les dijo que sólo podrían acceder a ellos cuando se hubieran instalado dispositivos de comunicación y creado una “lista de personas preautorizadas” a través de sus familiares. Las consultas programadas para el 5 de agosto no llegaron a realizarse; el 12 del mismo mes volvió a bloqueárseles el acceso. Esta vez los funcionarios afirmaron que los hombres se habían negado a verlos. Más tarde, ese mismo día se confirmó mediante llamadas de los familiares que a los detenidos no se les había informado de que sus representantes legales estaban presentes. Los hombres no han tenido visitas, ni de representantes consulares ni de abogados, ni les han dicho cuánto durará su detención. Sus asesores legales locales presentaron una solicitud urgente de hábeas corpus para que fueran presentados ante el Tribunal Superior y/o poder acceder a ellos inmediatamente y de forma confidencial, cuya vista estaba programada para el 1 de agosto de 2025. La Constitución de Esuatini protege el debido proceso y el acceso a asistencia letrada en su apartado 21 (juicio justo y representación legal) y su apartado 16.6 (acceso razonable y confidencialidad de la asistencia letrada), y establece que la administración penitenciaria está bajo la autoridad legal (apartado 190).
En un caso similar de la región —esta vez en Sudán del Sur— de dos hombres deportados por Estados Unidos y detenidos arbitrariamente, de origen cubano y myanmaro, en favor de los cuales Amnistía Internacional también está haciendo campaña, se presenta un patrón similar de secretismo sobre el paradero de personas detenidas y denegación de acceso no supervisado a asistencia letrada después de traslados relacionados con la campaña estadounidense de deportación masiva.
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