Primera AU: 016/21 | Índice: AFR 32/3683/2021 | Fecha: | Kenia
Acción UrgenteKENIA: MUERE UNA NIÑA EN UN DESALOJO FORZOSO QUE DEJA SIN HOGAR A 3.500 PERSONAS
El 5 de febrero, a las 10.30 de la noche, 3.500 residentes de Kibos, en el condado de Kisumu en Kenia, fueron brutalmente desalojados por la Compañía Ferroviaria de Kenia. Agentes de policía armados utilizaron gas lacrimógeno para obligar a los residentes a desalojar sus viviendas. Una niña murió atrapada entre los escombros de las viviendas, derribadas por una excavadora. Las personas residentes en el asentamiento, pertenecientes a la comunidad nubia, denuncian que no habían recibido ninguna notificación de desalojo por escrito. Este acto ilegal constituye una violación de la moratoria presidencial sobre desalojos, decretada el 11 de mayo de 2020 en respuesta a la pandemia de COVID-19.
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Ministry of Interior & Coordination of National Security
Cabinet Secretary of the Ministry of–Interior
P. O Box 30510- 00100, Nairobi
Correo-e: ps@interior.go.ke
Twitter: @CSMatiangi
Estimado Secretario del Gabinete Fred Matiang’i:
Me dirijo a usted para expresarle mi profunda preocupación por los brutales desalojos que llevó a cabo el 5 de febrero la Compañía Ferroviaria de Kenia en el asentamiento nubio de Kibos, en Kisumu. Este desalojo ha causado la muerte de una niña y ha dejado sin hogar a más de 3.500 personas. A las 10.30 de la noche, agentes de policía armados expulsaron violentamente a las familias de sus hogares y dispararon gas lacrimógeno, generando gran pánico y confusión. Cuando las autoridades procedían a derribar los edificios, una niña murió aplastada por los escombros. Las personas desplazadas se encuentran ahora en un campamento en condiciones inhumanas, con unas tiendas levantadas sobre un terreno pantanoso como único refugio ante las fuertes lluvias. Este desalojo forzoso no solo pone en peligro la salud de estas personas, por su posible exposición a la COVID-19 y a otras enfermedades, sino que además ha destruido sus medios de vida y constituye una violación de derechos humanos, especialmente del derecho a una vivienda adecuada. No se envió notificación por escrito del desalojo antes de su ejecución. La demolición de hogares y lugares de culto se ha realizado con absoluto desprecio por la moratoria presidencial sobre desalojos, decretada el 11 de mayo de 2020 en respuesta a la pandemia de COVID-19. Asimismo, la Compañía Ferroviaria de Kenia y el director general de la policía del condado de Kisumu han actuado con absoluto desprecio por las órdenes provisionales enviadas el 5 de febrero por el Tribunal para Medioambiente y Tierras de Kisumu, que prohibían los desalojos hasta que el caso fuese tratado en los tribunales.
La comunidad nubia de Kenia lleva décadas intentando sin éxito que se le reconozca la propiedad de la tierra. Desde su reasentamiento en Kibos en 1938, el Estado no ha hecho ningún intento de garantizar la seguridad en la tenencia de estas tierras. La comunidad nubia ha construido sus centros de culto y colegios en Kibos, que ha sido su hogar durante los últimos 83 años.
En vista de lo anterior, le insto a:
• Llevar a cabo una investigación imparcial e independiente, y hacer rendir cuentas a todos los presuntos responsables, entre ellos las personas con responsabilidad de mando, por los desalojos forzosos, la muerte de la niña, el uso excesivo de la fuerza y el desprecio tanto por las órdenes del tribunal como por la moratoria presidencial sobre desalojos.
• Adoptar medidas urgentes y concretas para garantizar que todas las personas afectadas por el desalojo forzoso de Kibos tienen acceso a un recurso efectivo, que debería incluir opciones alternativas de vivienda adecuadas, compensación, restitución, y garantías de no repetición.
• Suspender cualquier otro desalojo previsto por la Compañía Ferroviaria de Kenia hasta que no se aprueben nuevas directrices sobre desalojo y reasentamiento, ajustadas a las normas internacionales de derechos humanos, que permitan regular las acciones de los organismos públicos dedicados a la mejora de infraestructuras cuyos actos podrían causar el desplazamiento de las comunidades. Asimismo, le insto a reiterar públicamente que el gobierno nacional y los gobiernos de los condados tienen que respetar la moratoria sobre los desalojos forzosos masivos en respuesta a la pandemia de COVID-19 hasta que no se pongan en marcha las adecuadas salvaguardias jurídicas y de procedimiento.
Me despido con gran preocupación. Atentamente,
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Envía copia a la representación diplomática de Kenia acreditada en tu país
EMBAJADA DE LA REPUBLICA DE KENIA
Excmo. Sr. Richard ANGULU OPEMBE
Embajador Extraordinario y
Plenipotenciario
C/ Segre, 13. .- C.P. 28002
Fax: 91 576 08 54
E-mail: info@kenyaembassyspain.es
Información adicional
La comunidad nubia ha sufrido injusticias históricas ligadas a la apatridia y la propiedad de la tierra. Inicialmente, el gobierno colonial británico decidió que se asentaran en las proximidades del aeropuerto de Kisumu pero, tras la ampliación del aeropuerto, les trasladaron a Kibos en 1938, donde han vivido desde entonces. La propiedad de las tierras de Kibos ha sido cuestionada en repetidas ocasiones, ya que la Compañía Ferroviaria de Kenia reclamaba la propiedad de la misma y amenazaba con desalojar a la comunidad. La comunidad consiguió presentar una solicitud oficial con carácter de urgencia para reclamar la adopción de medidas cautelares que impidiesen un desalojo por parte de la compañía Ferroviaria de Kenia hasta que el Tribunal para Medioambiente y Tierras determinase a quién pertenece la tierra. Esta orden cautelar se entregó a la Compañía ferroviaria de Kenia y al director general de la policía del condado (que la rompió) el 5 de febrero a las 4:15 de la tarde. A las 5 de la tarde, el director general empezó a marcar las casas de Kibos con una X. A las 9 de la noche, la Empresa Keniana de Energía y Electricidad cortó la electricidad de todo el asentamiento. A las 10:30 de la noche, agentes de policía entraron en la comunidad, disparando gas lacrimógeno en las viviendas de más de 3.500 personas, así como en la mezquita, de 83 años de antigüedad. Se utilizaron excavadoras y otros equipamientos pesados para derribar las casas, la mezquita y dos guarderías. Cuando las autoridades estaban derribando los edificios, una niña murió aplastada por los escombros mientras su madre pedía a gritos que le diesen más tiempo para sacarla de la casa.
El director general de la policía del condado supervisó la demolición de todos los edificios. Apenas cinco días después, el 10 de febrero, el Tribunal para Medioambiente y Tierras de Kisumu, citó a la Compañía Ferroviaria de Kenia para que se defendiese por su desacato al tribunal, al haber ignorado las órdenes provisionales y no haber comparecido ante dicho Tribunal. En una sesión celebrada el 11 de febrero, el Tribunal reiteró la vigencia de las órdenes provisionales y dio orden de permitir de nuevo la entrada de la comunidad.
Los desalojos forzosos en Kibos se produjeron solo un mes después de que el 11 de enero el Tribunal Supremo de Kenia dictase una sentencia definitiva sobre el derecho a la vivienda. En su artículo 153, esta histórica sentencia determina que ”el derecho a la vivienda en su forma más básica (refugio) no puede basarse en un ‘título de propiedad de la tierra’. De hecho, la incapacidad de la mayor parte de la ciudadanía para obtener un título de tenencia de la tierra es lo que condena a estas personas a la indignidad de los ‘asentamientos informales’. Cuando el gobierno no provee de viviendas adecuadas y accesibles a todas las personas, lo menos que puede hacer es proteger los derechos y la dignidad de quienes viven en asentamientos informales. El papel de los tribunales es garantizar que dicha protección sea una realidad ya que, en caso contrario, estos ciudadanos y ciudadanas vagarán para siempre sin rumbo por todos los rincones de su propio país, viviendo la triste realidad de ‘los desheredados de la tierra’”.
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