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Red de acciones urgentes

Primera AU 94/26: 94/26 | Índice: MDE 19/1455/2026 | Fecha: | Libia

Acción Urgente

Libia: Decenas de personas han sido ejecutadas y otras muchas continúan en peligro inminente

Al menos 50 hombres condenados a muerte en el este de Libia corren peligro inminente de ser ejecutados al haber reanudado las Fuerzas Armadas Árabes Libias (LAAF) las ejecuciones en Libia por primera vez desde 2010. Desde el 23 de agosto de 2026, las LAAF han ejecutado arbitrariamente al menos a 30 hombres condenados a muerte por tribunales militares tras juicios secretos, manifiestamente injustos y empañados por denuncias de tortura. Algunos de los ejecutados y de los que están en peligro de serlo fueron declarados culpables de asesinato y delitos de terrorismo relacionados con el conflicto que tuvo lugar entre las LAAF y grupos armados rivales entre 2014 y 2018. Varios denunciaron haber sido torturados tras su arresto por grupos armados vinculados a las LAAF para lograr “confesiones” que fueron utilizadas como “pruebas” para procesarlos. Las autoridades de las LAAF deben detener inmediatamente todas las ejecuciones.

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Mariscal de Campo Khalifa Belqasim Haftar

Field Marshall Khalifa Belqasim Haftar

General Commander of the Libyan Arab Armed Forces

Correo-e: info@libyagov.lypmoffice@libyangov.info

 

Mariscal de Campo Khalifa Haftar:

 

Me indigna profundamente la reanudación de las ejecuciones en Libia de personas declaradas culpables y condenadas a muerte tras juicios manifiestamente injustos y empañados por denuncias de tortura. Actualmente al menos 50 hombres más continúan en peligro de ejecución en la prisión militar de Gernada. Muchos de los que han sido ejecutados y de los que están condenados a muerte fueron arrestados en las ciudades de Derna y Bengasi durante conflictos armados o con posterioridad a ellos. Entre ellos hay combatientes y también personas sospechosas de oposición a las LAAF, entre otros motivos debido a sus vínculos familiares o tribales. El 23 de agosto de 2026, el fiscal militar de las LAAF anunció el fusilamiento de 10 personas tras ser declaradas culpables de unirse a “grupos terroristas” y de asesinato. Eran las primeras ejecuciones que se producían en Libia desde 2010. Según personas defensoras de los derechos humanos y otras fuentes con información de primera mano, entre el 23 de agosto y el 9 de septiembre de 2026 fueron ejecutadas 30 personas. Al menos cinco de ellas, arrestadas entre 2015 y 2018, habían estado sometidas a desaparición forzada o recluidas en régimen de incomunicación, en algunos casos hasta dos años. Durante este periodo, al menos cuatro de ellas fueron sometidas por la Agencia de Seguridad Interna (ISA), grupo armado aliado de las LAAF, a tortura y otros malos tratos para conseguir “confesiones” que después se utilizaron como prueba en su contra. Agentes de la ISA las sometieron a descargas eléctricas, quemaduras y palizas con gruesos tubos de plástico, y las mantuvieron colgadas en posturas en tensión. 

 

Según la información recogida por Amnistía Internacional, tras meses o años de detención arbitraria, las autoridades de las LAAF enviaron a decenas de personas, entre ellas los 30 hombres ejecutados arbitrariamente, a juicios militares que se llevaron a cabo en secreto. A varios acusados se les negó el derecho a tener un abogado de su elección y el tribunal les asignó abogados para su defensa. Los que pudieron elegir abogado no pudieron comunicarse con él en privado, pues les negaron las visitas antes y durante el juicio en la prisión militar de al-Kuwayfiyah. A finales de 2025, las autoridades trasladaron a los 30 hombres que serían ejecutados y a unos 50 más a la prisión militar de Gernada. Al menos dos de los que fueron ejecutados habían sido declarados culpables y condenados a muerte en 2019, pero apelaron y un tribunal militar de rango superior había conmutado sus penas de muerte por cadena perpetua. Amnistía Internacional aún no sabe claramente cuál fue el fundamento legal de su ejecución. 

 

Le pido que se asegure de que se detienen todas las ejecuciones en el este de Libia y se declara una moratoria oficial de las ejecuciones como primeras medidas fundamentales. Todas las sentencias condenatorias y las penas de muerte dictadas tras juicios manifiestamente injustos deben ser anuladas. Las personas acusadas de delitos reconocibles internacionalmente deben volver a ser juzgadas por tribunales civiles, con arreglo a las normas internacionales sobre garantías procesales, excluyendo las “pruebas” conseguidas mediante tortura y otros malos tratos y sin recurrir a la pena de muerte. Las autoridades de las LAAF deben garantizar, asimismo, que se investigan de forma independiente e imparcial las denuncias de tortura y otros malos tratos y que sus presuntos responsables comparecen ante la justicia en procedimientos justos. Por último, también le pido que permita el acceso de observadores internacionales a Gernada y a otras prisiones y centros de detención del este de Libia.

 

Atentamente,

(NOMBRE)

Envía copia a la representación diplomática de Libia acreditada en tu país

C/ Comandante Franco nº 32 .-. 28016 - MADRID
Teléfono: 91 563 57 53 // 91 563 19 29
Fax: 91 564 39 86
E-mail: secretaria@embajadadelibia.com

Información adicional

Según defensores y defensoras de los derechos humanos, en lugar de permitir a los familiares de las personas ejecutadas que entierraran a sus seres queridos, las autoridades del este de Libia se quedaron con los cuerpos y los enterraron, y sólo les permitieron que confirmaran sus identidades. Asimismo, y también según informes, las autoridades ordenaron a las familias que no celebraran ceremonias fúnebres, privándolas de su derecho a llorar y enterrar a sus muertos con arreglo a sus prácticas culturales y religiosas, algo que, según la ONU constituye trato cruel, inhumano o degradante.

Las Fuerzas Armadas Árabes Libias (LAAF) comunicaron las ejecuciones aproximadamente dos semanas después de la muerte del general Fawzi al-Mansouri, jefe de la inteligencia militar de las LAAF, en un atentado con coche bomba en Bengasi el 10 de agosto de 2026.

Amnistía Internacional ha documentado numerosas violaciones del derecho a un juicio justo en los procedimientos ante tribunales militares en el este de Libia, que afectan al derecho a recibir asistencia letrada antes y después del juicio y de tener tiempo suficiente e instalaciones adecuadas para preparar la defensa; a permanecer en silencio durante el interrogatorio; a un juicio justo y público ante un tribunal competente, independiente e imparcial; a estar presente en el juicio; a que la sentencia sea motivada, y a que haya una revisión judicial significativa de la sentencia y de la pena por una instancia judicial superior, entre otros. Según investigaciones de Amnistía Internacional, entre 2018 y 2021, cientos de civiles han sido condenados en el este de Libia en juicios militares secretos y flagrantemente injustos celebrados ante tribunales militares con el objetivo de castigar a opositores y críticos —presuntos o reales— de las LAAF y de grupos armados afiliados a ellas. Al menos 22 personas fueron condenadas a muerte, y hubo denuncias de tortura y otros malos tratos en la detención previa al juicio. 

Tanto los fiscales como los jueces militares carecen de independencia e imparcialidad, ya que están vinculados a las Fuerzas Armadas Árabes Libias o a grupos armados aliados. Por ejemplo, Faraj Al‑Soussa’a, actual director de la fiscalía militar en el este de Libia, representó también a las LAAF en las conversaciones mantenidas, con mediación de la ONU (5+5), en la Comisión Militar Conjunta de Libia. A su vez, el juez del tribunal militar permanente de Bengasi depende jerárquicamente del director de la Autoridad Judicial Militar General. En virtud del derecho internacional, el uso de tribunales militares debe restringirse al juicio de personal militar por infracciones de la disciplina militar. Los juicios militares de civiles son problemáticos porque los fiscales y jueces son miembros en activo del ejército y están sometidos a su jerarquía, por lo que carecen de independencia e imparcialidad. Además, las sentencias de los tribunales militares sólo pueden recurrirse ante un tribunal militar superior. 

En 2017, los miembros de la Cámara de Representantes, el último Parlamento designado por elección en Libia, aprobaron la ley núm. 4/2017, que establecía la jurisdicción de los tribunales militares sobre la población civil acusada de “terrorismo” y de delitos cometidos en “zonas militares”. Por aquel entonces, el país estaba dividido en dos entidades enfrentadas: por un lado, la Cámara de Representantes, aliada con las LAAF y que controlaba gran parte del este del país, y por el otro el Gobierno de Acuerdo Nacional, por entonces reconocido internacionalmente y con sede en Trípoli.

En noviembre de 2018, un portavoz de las LAAF declaró que las reformas de 2017 proporcionaban una base jurídica para que las personas acusadas de “terrorismo” fueran juzgadas por tribunales militares. En 2025, la Cámara Constitucional del Tribunal Supremo de Libia declaró inconstitucional la Ley núm. 4/ 2017, que establecía la jurisdicción de los tribunales militares sobre la población civil acusada de delitos relacionados con terrorismo y de delitos contra el Estado. 

La Operación Dignidad (Karama), lanzada en Bengasi en 2014 por el general Khalifa Haftar, comandante en jefe de las LAAF, señaló el comienzo de una campaña militar contra los grupos armados en Derna y Bengasi, con el objetivo declarado de erradicar el “terrorismo” que posteriormente permitió a las LAAF consolidar el control de gran parte del este de Libia. Libia continúa dividida entre administraciones rivales: el Gobierno de Unidad Nacional en el oeste, y el “gobierno libio”, aliado de las LAAF, en el este y en la mayor parte del sur del país. El 30 de agosto de 2026, en conversaciones facilitadas por la ONU, se alcanzó un acuerdo sobre los pasos necesarios para celebrar unas elecciones en el país, como abordar la legislación electoral y reestructurar la Comisión Electoral Nacional, con vistas a celebrar elecciones en 24 meses.

Amnistía Internacional se opone a la pena de muerte incondicionalmente, en todos los casos y circunstancias. Según el derecho internacional, en los procedimientos de casos de pena capital deben observarse escrupulosamente todas las normas pertinentes sobre juicios justos. La imposición de la pena de muerte tras juicios sin las debidas garantías confiere a la sentencia un carácter arbitrario. La imposición de la pena de muerte tras procedimientos injustos viola el derecho a la vida.

Puedes escribir los llamamientos en: Árabe e inglés

También puedes escribir en tu propio idioma.

Envía los llamamientos lo antes posible y no más tarde del 1 de noviembre de 2026

Consulta con la oficina de Amnistía Internacional de tu país si deseas enviar llamamientos después de la fecha indicada.

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