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Red de acciones urgentes

Primera AU: 095/21 | Índice: EUR 37/4668/202 | Fecha: | Polonia

Acción Urgente

Polonia: PROTEGER A LA POBLACIÓN AFGANA PARALIZADA EN LA FRONTERA POLACA

Un total de 32 personas de nacionalidad afgana permanecen paralizadas en la frontera entre Polonia y Bielorrusia, tras haber sido sumariamente devueltas a este último país por las autoridades polacas en agosto. Llevan semanas en esta situación, sin refugio, alimentación, agua ni cuidados médicos adecuados. Las guardias de fronteras polaca y bielorrusa los ha mantenido en una franja de tierra fronteriza, limitando así su acceso a asistencia letrada y a personal de ayuda humanitaria y médico. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha ordenado a Polonia facilitarles comida, agua, ropa y atención médica adecuada, pero las autoridades polacas no han obedecido la orden hasta la fecha. En lugar de negar la entrada a la población solicitante de asilo y devolverla, sin el debido procedimiento, a Bielorrusia, Polonia debe admitirla de inmediato en su territorio, y proporcionarle alimentación, agua, atención médica y refugio adecuados.

Actúa: redacta tu propio llamamiento o utiliza esta carta modelo

Primer ministro Rady Ministrów / Pime Minister Prezes Rady Ministrów
Mateusz Morawiecki
Kancelaria Prezesa Rady Ministrów,
Al. Ujazdowskie 1/3
00-583, Warszawa, Polonia
Correo-e: sekretariat.rzecznik@kprm.gov.pl


Señor Primer Ministro:

Me preocupa profundamente la situación de las 32 personas de nacionalidad afgana, solicitantes de asilo, que se encuentran paralizadas en la frontera entre Polonia y Bielorrusia. Se trata, en concreto, de 4 mujeres, 27 hombres y una adolescente de 15 años, que llevan semanas inmovilizados en la frontera, sin alimentos, agua, atención médica ni refugio adecuados. La guardia polaca de fronteras les ha negado la entrada en Polonia y los ha devuelto sumaria y violentamente a Bielorrusia, sin analizar sus circunstancias y necesidades de protección concretas, con lo que ha contravenido, además, las normas jurídicas de la Unión Europea.

Su situación empeora día a día, mientras las autoridades polacas les niegan acceso a asistencia letrada y al personal y las instituciones de ayuda humanitaria. Recientemente, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha pedido a las autoridades polacas que proporcione a este grupo de solicitantes de asilo, con carácter de urgencia, alimentos, agua, ropa y atención médica adecuada, pero el gobierno polaco sigue sin obedecer plenamente dicha orden judicial.

Todas las personas tienen derecho a solicitar asilo, como establecen instrumentos internacionales y europeos a los que está vinculada Polonia. No se debe devolver de manera sumaria a solicitantes de asilo a otro país sin haber evaluado antes sus necesidades de protección, ni negarles acceso a protección o penalizarlos por haber entrado en el país de manera irregular.

En estos momentos, en los que la población afgana huye desesperadamente de Afganistán y solicita protección en otros lugares, espero que actúe como es debido y admita de inmediato en Polonia a ese grupo de solicitantes de asilo, asegurándose al mismo tiempo de que sus integrantes puedan solicitar protección internacional y facilitándoles, con carácter de urgencia, alimentación, agua, atención médica y refugio adecuados. Le ruego también que garantice al grupo acceso sin trabas a organizaciones y profesionales del derecho. Por último, insto a su gobierno a facilitar oportunidades efectivas a la población solicitante de asilo, para que pueda pedir protección en Polonia, y a abstenerse de adoptar legislación y medidas que violen el derecho internacional y de la UE.

Atentamente,
[NOMBRE]
 

Envía copia a la representación diplomática de Polonia acreditada en tu país

Excma. Sra. Marzenna ADAMCZYK
Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria
C/ Guisando, 23 bis 28035 - MADRID
Fax: 91 376 95 72
Email: madryt.amb.sekretariat@msz.gov.pl



Información adicional

Desde hace semanas, 32 solicitantes de asilo de Afganistán permanecen bloqueados en la frontera entre Polonia y Bielorrusia, con acceso limitado a agua, alimentos, refugio adecuado y atención médica. Las guardias de fronteras bielorrusa y polaca los mantienen en una franja de tierra fronteriza, en Usnarz Górny, tras haber sido devueltos por Polonia sin el debido procedimiento. El grupo se compone de 27 hombres, 4 mujeres y una adolescente de 15 años.

En principio, se permitió a profesionales del derecho, organizaciones, personal de ayuda humanitaria y activistas acceder al grupo. El 20 de agosto, sus integrantes cumplimentaron las correspondientes solicitudes de protección internacional, y profesionales del Colegio de Abogados de Varsovia intentaron ayudar con la presentación de las 32 solicitudes. Sin embargo, la guardia de fronteras polaca siguió sin permitir su acceso al territorio polaco. Desde el 21 de agosto, se viene impidiendo acceder sin trabas al grupo a activistas y a varios parlamentarios, a quienes la guardia de fronteras ha impedido facilitar ayuda humanitaria. El 1 de septiembre, la Cruz Roja de Bielorrusia, en cooperación con la polaca, proporcionó ayuda humanitaria al grupo.

El 24 de agosto, una delegación de Amnistía Internacional visitó el área y trató, sin éxito, de acceder a este grupo de solicitantes de asilo, al no conseguir la autorización de la guardia de fronteras. Según varias fuentes fidedignas a las que ha tenido acceso Amnistía Internacional —cuyos relatos coinciden—, la guardia de fronteras de Polonia empleó la fuerza y profirió amenazas de violencia cuando expulsó al grupo a Bielorrusia.

El 25 de agosto, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos dictó medidas cautelares y provisionales y pidió a las autoridades polacas que facilitaran al grupo alimentación, agua, ropa, atención médica adecuada y, a ser posible, un refugio provisional. En el momento de redactar estas líneas (2 de septiembre), las autoridades siguen sin cumplir íntegramente esta orden.

En respuesta a las declaraciones del presidente de Bielorrusia, Alexander Lukashenko, que ha manifestado su intención de no impedir a nadie cruzar la frontera bielorrusa con Polonia, las autoridades polacas se han apresurado a adoptar una batería de medidas que limitan el derecho a solicitar asilo. El 20 de agosto, el Ministerio del Interior polaco emitió la orden de cerrar sus fronteras a quienes entren “irregularmente” en el país y obligar a dichas personas a abandonar de inmediato el territorio polaco. En agosto, el gobierno polaco anunció cambios en dos leyes: la Ley de Extranjería y la Ley de Protección Internacional de Extranjeros. Los cambios jurídicos en cuestión harían imposible cruzar la frontera irregularmente para poder solicitar protección internacional en Polonia. El 25 de agosto, soldados del ejército polaco comenzaron a construir una valla en la frontera con Bielorrusia. El 31 de agosto, el gobierno de Polonia solicitó al presidente del país la declaración del estado de emergencia durante 30 días en las regiones fronterizas con Bielorrusia, esgrimiendo los riesgos que entrañan “3.000 intentos de cruce de la frontera sólo en agosto”. La declaración del estado de emergencia supondría la prohibición de reuniones, protestas, actos masivos y actos culturales, entre otras cosas. Amnistía Internacional teme que la declaración del estado de emergencia pueda tener un impacto desproporcionado sobre los derechos humanos, y permita restringir aún más las actividades legítimas y vitales de organizaciones, periodistas y personal de ayuda humanitaria, e impedirles, incluso, vigilar la comisión de violaciones de derechos humanos en la frontera y proporcionar ayuda humanitaria a asistentes de asilo.

Tanto la legislación polaca como el derecho internacional y europeo prohíben las devoluciones sumarias. En concreto, el artículo 4 del protocolo número 4 al Convenio Europeo de Derechos Humanos —que Polonia ha firmado— prohíbe las expulsiones colectivas. De conformidad con el derecho de la UE y el derecho internacional de refugiados, Polonia debe garantizar el acceso a su territorio de quienes soliciten protección, y cerciorarse de que tengan un procedimiento de asilo justo y efectivo, en el que se puedan analizar sus circunstancias y sus necesidades de protección. Asimismo, el artículo 31 de la Convención de Ginebra sobre el Estatuto de los Refugiados obliga a los Estados a abstenerse de castigar a las personas solicitantes de asilo por entrar de manera irregular en el país.
 

Puedes escribir los llamamientos en: Inglés, Polaco

También puedes escribir en tu propio idioma.

Envía los llamamientos lo antes posible y no más tarde del 28 de octubre de 2021

Consulta con la oficina de Amnistía Internacional de tu país si deseas enviar llamamientos después de la fecha indicada.