Primera AU 17/26: 17/26 | Índice: EUR 44/0823/2026 | Fecha: | Turquía
Acción UrgenteTurquía: Sometidos a juicio defensores y defensoras de los derechos LGBTI+
Emirhan Şaşmaz, Kerem Dikmen y otros nueve miembros de las juntas ejecutiva y de supervisión de la asociación Genç LGBTI+, con sede en Esmirna, se enfrentan a juicio por infringir la Ley de Asociaciones, ley que regula a las organizaciones de la sociedad civil y puede utilizarse para restringir sus actividades o incluso disolverlas. También se los acusa de haber actuado en contravención del artículo 41 de la Constitución, que protege “los derechos de la familia y la infancia”. En diciembre de 2025, en un procedimiento judicial distinto, el Juzgado de Primera Instancia Civil núm. 3 de Esmirna ordenó la disolución de Genç LGBTI+, decisión que actualmente está pendiente de apelación. Estas acciones violan la libertad de asociación y discriminan a las personas LGBTI+. Instamos a las autoridades turcas a que retiren todos los cargos y respeten los derechos humanos.
Actúa: redacta tu propio llamamiento o utiliza esta carta modelo
Fiscal Jefe de Esmirna
Izmir Chief Public Prosecutor
Ali Yeldan
Çınarlı Mahallesi
Şehit Polis Fethi Sekin Caddesi No:11/A
Konak / İZMİR
Fax: +90 232 435 04 37
Correo-e: izmircbs@adalet.gov.tr
Señor Fiscal Jefe:
Le escribo para expresar mi profunda preocupación por el procesamiento de Emirhan Şaşmaz, Kerem Dikmen y otros nueve miembros de las juntas ejecutiva y de supervisión de la asociación Genç LGBTI+, con sede en Esmirna. La asociación y sus dirigentes se enfrentan a acciones legales por su legítima labor de defensa y sus actividades comunitarias, que supuestamente han infringido el artículo 41 de la Constitución de Turquía sobre la protección de los derechos de la familia y la infancia y, por lo tanto, se consideran una violación del artículo 32/1.p de la Ley de Asociaciones.
En diciembre de 2025, el Juzgado de Primera Instancia Civil núm. 3 de Esmirna dictó una resolución para disolver Genç LGBTI+, alegando “obscenidad” en algunas ilustraciones compartidas en las cuentas de redes sociales de la asociación entre 2019 y 2022. La asociación no tuvo conocimiento inicialmente de las vistas esenciales debido a una notificación defectuosa, lo que pone de manifiesto la falta de justicia procesal. Cabe señalar que estas acusaciones ya habían sido investigadas y desestimadas por la Oficina de Delitos Cibernéticos, ya que las publicaciones no constituían un delito penal.
Las acusaciones de “obscenidad” y la instrumentalización de leyes de “moralidad” ambiguas, que han dado lugar a la decisión sumaria de cerrar la asociación y al enjuiciamiento de los miembros de su junta directiva por motivos similares, representan una restricción ilícita de su derecho a la libertad de asociación y de expresión.
Lo instamos a que retire inmediatamente todos los cargos penales contra los miembros de la junta directiva de Genç LGBTI+ y respete las obligaciones de Turquía en virtud del derecho internacional de los derechos humanos.
Atentamente,
(NOMBRE)
Envía copia a la representación diplomática de Turquía acreditada en tu país
C/ Rafael Calvo, 18, 2º. A/B .-. 28010 - MADRID
Teléfono: 91 310 39 04 - Fax: 91 308 66 02
E-mail: embajada.madrid@mfa.gov.tr
Información adicional
El proceso de disolución de Genç LGBTI+ se inició con una auditoría de la asociación que llevó a cabo en 2024 el Ministerio del Interior. El informe de auditoría alegaba que cinco publicaciones distintas en las redes sociales de la asociación infringían el artículo 226/2 del Código Penal, que tipifica como delito la “obscenidad”, y violaban el artículo 41 de la Constitución relativo a la protección de la familia y la infancia.
El 10 de diciembre de 2024, la Gobernación de Esmirna presentó una denuncia ante la Fiscalía General de Esmirna en relación con las cinco ilustraciones publicadas en las cuentas de redes sociales de la Asociación Genç LGBTI+ entre 2019 y 2022. La Gobernación solicitó que se iniciara una investigación penal por motivos de “obscenidad” y que se incoara un procedimiento de disolución contra la Asociación. A raíz de esta denuncia, la Fiscalía inició una investigación en virtud del artículo 226/2 del Código Penal turco y de las disposiciones pertinentes de la Ley de Asociaciones, con referencia al artículo 41 de la Constitución.
A principios de 2025, se abrió una investigación penal inicial contra los miembros de la junta directiva de Genç LGBTI+ por “sospecha de facilitar la publicación de material obsceno” y “constituir una asociación con fines prohibidos o para cometer actos delictivos”.
El 3 de febrero de 2025 se interpuso una demanda de disolución ante el Juzgado de Primera Instancia Civil núm. 3 de Esmirna, en la que se alegaba que la Asociación había publicado contenidos obscenos en las redes sociales y alentado a la sociedad hacia la “identidad LGBTI+”. La primera vista del proceso de disolución tuvo lugar el 11 de marzo de 2025. Debido a una notificación defectuosa, la Asociación no tuvo conocimiento del procedimiento y, por lo tanto, no estuvo representada en la vista. Una vez informada, la Asociación presentó sin demora una petición al Tribunal y obtuvo un plazo adicional para presentar su escrito de defensa. La segunda vista del proceso de disolución se celebró el 8 de abril de 2025. Ésta fue la primera vez que la asistencia letrada de la Asociación participó en el procedimiento, durante el cual presentó la defensa de la Asociación.
A raíz de una solicitud del gobernador de Esmirna para obtener más información sobre la investigación penal, en marzo de 2025 se inició también una segunda investigación sobre las mismas acusaciones. Si bien la primera investigación penal de la Oficina de Delitos Cibernéticos de la Fiscalía General de Esmirna se archivó en agosto de 2025 con la decisión de no ejercer la acción penal, tras concluirse que las publicaciones no constituían delito penal, la segunda no se desestimó, lo que condujo a una acusación formal en virtud de la Ley de Asociaciones.
El 28 de octubre de 2025, el Fiscal Jefe de Esmirna dictó auto de acusación en virtud del artículo 32/1.p de la Ley de Asociaciones (Ley núm. 5253) contra 11 miembros de las juntas ejecutiva y de supervisión de Genç LGBTI+. La primera vista del caso se celebrará el 8 de abril en el Juzgado de lo Penal de Primera Instancia núm. 47 de Esmirna.
Finalmente, el 11 de diciembre de 2025, el Juzgado de Primera Instancia Civil núm. 3 de Esmirna ordenó la disolución de la Asociación Genç LGBTI+, argumentando que las publicaciones en las redes sociales habían llegado a un amplio público, “fomentaban” identidades LGBTI+ y eran contrarias a la moral pública y al artículo 41 de la Constitución. La sentencia motivada se dictó ese mismo día. Genç LGBTI+ ha recurrido la resolución.
Leyes como las relativas a la moral pública instrumentalizan y utilizan indebidamente conceptos subjetivos sobre la “moralidad” como pretexto para imponer restricciones ilegítimas a las libertades de expresión, así como a la libertad de reunión pacífica y de asociación, especialmente en relación con la orientación sexual y la identidad de género. Los cargos relacionados con la distribución de materiales o información considerados “obscenos” se utilizan de hecho para criminalizar y reprimir la expresión de identidades y expresiones que no se ajustan a las normas establecidas. Los Estados tienen el deber de proteger el ejercicio del derecho a la libertad de expresión y de asociación de todas las personas, garantizando que dicho derecho no se vea restringido por una legislación excesivamente amplia y ambigua, ni por una aplicación arbitraria.
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